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  CONTRALORIA INTERNA MUNICIPAL

El objetivo primordial de la Contraloría Interna Municipal, es la vigilancia, control y fiscalización del uso correcto de los recursos humanos, materiales  y financieros que disponen las direcciones, coordinaciones y departamentos para la ejecución de sus programas de trabajo y el cumplimiento de sus objetivos y metas; además es el área que revisa y evalúa el grado de eficacia y eficiencia con que las áreas administrativas alcanzan dichas metas y objetivos, haciendo las recomendaciones que sean necesarias para mejorar su funcionamiento.

Cumplir y hacer cumplir lo establecido en los ordenamientos legales vigentes para asegurar el cumplimiento de objetivos y metas del Municipio de Tamasopo, basado en la verificación y evaluación de la gestión, la promoción de la integridad, el apego a la normatividad, la innovación, la inclusión ciudadana, la transparencia y rendición de cuentas mediante la atención de quejas, realización de auditorías y procedimientos administrativos de responsabilidades.

Artículo 181.

La Contraloría Interna es el órgano auxiliar de la Comisión de Administración encargado de vigilar el cumplimiento de las disposiciones legales y normativas en materia administrativa, a través de la realización de auditorías y revisiones; así como de sustanciar los procedimientos de responsabilidad administrativa en el ámbito de su competencia, para tal efecto, contará con independencia técnica, autonomía de gestión y la estructura necesaria para el desempeño de sus funciones

Sin perjuicio de lo señalado en el artículo 173 del presente Reglamento, los servidores públicos encargados del control y evaluación, auditoría y responsabilidades, deberán cumplir con un proceso de capacitación y su desempeño será evaluado periódicamente.

La Comisión emitirá los lineamientos que contendrán los procesos de designación, certificación y evaluación del desempeño.

Para garantizar su independencia de todas aquellas acciones que por su naturaleza, sean sujetas a su vigilancia y fiscalización, se abstendrá de realizar funciones operativas distintas a las de su propio funcionamiento interno.

 Artículo 182. 

 La persona titular de la Contraloría Interna tendrá las facultades siguientes:

 Vigilar el cumplimiento de las normas de control establecidas por la Comisión de Administración;

 Verificar la adecuada integración y ejercicio del presupuesto de egresos del Tribunal Electoral, así como el cumplimiento de las metas y actividades previstas en los programas, subprogramas y proyectos aprobados;

 Evaluar el cumplimiento por parte de las áreas administrativas del Tribunal Electoral de las obligaciones derivadas de las disposiciones contenidas en la normativa aplicable, con relación al ejercicio de los recursos presupuestales asignados a su operación;

 Proponer el Programa Anual de Control y Auditoría a la Comisión de Administración y llevar a cabo una vez aprobado éste, las auditorías contables, operacionales, de resultados, de desempeño, por procesos, especiales y de seguimiento, a las unidades administrativas del Tribunal Electoral;

 Formular, con base en las auditorías y revisiones de control que realice, las observaciones necesarias, y verificar su cumplimiento en las diferentes áreas administrativas del Tribunal Electoral que sean auditadas;

 Verificar, evaluar y proponer en coordinación con las unidades administrativas las acciones que promuevan la mejora de la administración del Tribunal Electoral;

 Informar a la Dirección General de Investigación de Responsabilidades Administrativas de los hechos o conductas de los servidores públicos y particulares que puedan constituir responsabilidades administrativas, de las que tenga conocimiento en el ejercicio de sus facultades

 Emitir y someter a la Comisión de Administración el dictamen y la resolución de las inconformidades que presenten los particulares relacionadas con los procedimientos de adquisiciones de bienes, arrendamientos, prestación de servicios, obra pública y los servicios relacionados con la misma;

 Sustanciar los procedimientos de responsabilidad administrativa de los servidores públicos del Tribunal Electoral en el ámbito de su competencia, conforme a la Ley General de Responsabilidades Administrativas y someter a consideración de la Comisión de Administración el proyecto de resolución correspondiente

 Instruir el seguimiento necesario a los procedimientos de ejecución en los que se haya determinado una resolución, por la que se imponga a las y los servidores públicos involucrados, la aplicación de una sanción económica;

  • Por correo electrónico.-Se reciben quejas en la cuenta de correo
    electrónico:Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
  • Por correspondencia.-La dirección para enviar tus quejas es:

Municipio  de Tamasopo.

Calle: Hidalgo # 316

Zona Centro

Tamasopo S.L.P